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Diferencia entre revisiones de «Plantilla:Permiso valle tupungato»

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(Reglas para deportes de montaña)
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==Permiso para acceder al Predio Fiscal Río Colorado==
 
==Permiso para acceder al Predio Fiscal Río Colorado==
Se lista el protocolo dictaminado por la [[:File:RESOLUCION EXENTA 3701 2019 BIENES NACIONALES PROTOCOLO ACCESO RIO COLORADO.pdf|Resolución Exenta 3701 de 2019 del Ministerio de Bienes Nacionales]]. Están todas las normas, en algunos casos se ha resumido la redacción.
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Se lista el protocolo dictaminado por la Resolución Exenta 1496 de 2021 del Ministerio de Bienes Nacionales
===Reglas generales===  
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===Reglas generales===
#Va del '''1 de septiembre al 30 de abril'''. Visitas fuera de dicho período serán autorizadas excepcionalmente y solo para expediciones de montaña y actividades especiales.  
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La solicitud de los permisos de Senderismo, Escalada y Montañismo debe realizarse en el portal de permisos de acceso en [https://permisos.bienes.cl/ el portal de solicitud de permisos del Ministerio de Bienes Nacionales]. La solicitud es individual en el caso de Senderismo y Escalada, y grupal en el caso de Montañismo.
#Los visitantes deben ser conscientes de los riesgos objetivos y subjetivos, así como de la importancia de contar con salud y experiencia.
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2. Las solicitudes para la realización de Actividades Especiales deben solicitarse al correo predioriocolorado@mbienes.cl.
#Cualquier accidente y/o imprevisto es de '''exclusiva responsabilidad de los visitantes'''.  
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3. Es posible solicitar 1 permiso por persona entre las actividades de Senderismo, Escalada y Montañismo. Solo será posible solicitar un nuevo permiso, para cualquiera de las actividades señaladas, una vez transcurrida la fecha de salida del permiso previamente otorgado.
#La solicitud debe ser presentada por un mínimo de dos personas e individualizarse a un responsable. No se otorga a personas en solitario.  
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4. El otorgamiento de los permisos disponibles en el portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl está delegado en el personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio.
#Menores de 18 deberán ir acompañados por alguno de sus padres, o bien, por otro adulto, previa autorización simple otorgada por alguno de sus padres que debe ir adjunta en el correo.  
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5. Los permisos solicitados al correo predioriocolorado@mbienes.cl serán otorgados mediante resolución exenta emitida por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana.
# Se debe chequear [http://www.meteochile.cl Meteochile]
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Los visitantes deben ser conscientes de los riesgos objetivos y subjetivos propios de las actividades al aire libre en territorio de montaña, de la importancia de contar con la salud física y mental compatible con la actividad a realizar, así como con la experiencia, conocimiento y equipamiento necesarios para llevarla a cabo en forma responsable y segura.
#Las cédulas de identidad o pasaportes vigentes deberán ser exhibidas en el control de acceso de AES Gener en El Alfalfal junto al permiso otorgado por el Ministerio de Bienes Nacionales impreso.  
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7. Cualquier accidente y/o imprevisto que afecte a los autorizados es de su exclusiva responsabilidad, por lo que deberán mantener durante toda la visita una actitud de auto cuidado y respeto por el medio ambiente. El Ministerio de Bienes Nacionales se exime de toda responsabilidad en relación a la seguridad de las personas que reciban autorización de ingreso al predio, eventuales rescates ante emergencias, así como secuelas y consecuencias relacionados con accidentes e incidentes.
#Toda actividad deberá ser informada de manera presencial en la Subcomisaría de Carabineros de San José de Maipo.  
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8. La solicitud de ingreso para menores de 18 años, para el caso de Senderismo y Escalada, deberá ser realizada por el responsable legal a través del portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl. En el caso de Montañismo, es necesario adjuntar en dicho portal una autorización simple firmada por el responsable legal del menor de edad.
# Prohibido hacer fogatas, mascotas, cazar, pescar, dañar el patrimonio natural y cultural así como el estado de la propiedad.  
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9. Sólo se permitirá el ingreso de menores de edad con el permiso de acceso otorgado y acompañados de un adulto.
#Está prohibido la extracción de muestras de origen vegetal, animal o inerte, salvo expresa autorización.
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10. Es responsabilidad de los solicitantes informarse previamente de las condiciones meteorológicas para el o los días autorizados, consultando la página de Internet www.meteochile.cl.
# Prohibido botar basura, incluyendo papel higiénico, que debe llevarse de vuelta. Las heces deben enterrarse y disponerse a más de 20 metros de distancia de cualquier cauce de agua.  
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11. Todo ingreso al predio fiscal Río Colorado deberá realizarse en el control de acceso ubicado en El Alfalfal, independiente que el punto de visita se encuentre antes de dicho control.
# Todo grupo deberá portar botiquín y elementos de protección atingentes a la actividad.  
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12. Las cédulas de identidad o pasaportes vigentes de los visitantes deberán ser exhibidas en el control de acceso de El Alfalfal junto al permiso de acceso otorgado por el Ministerio de Bienes Nacionales, o la respectiva resolución exenta en su caso.
# Prohibido utilizar vehículos motorizados y bicicletas fuera de las rutas vehiculares establecidas.  
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13. Personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio podrá requerir a los visitantes exhibir elementos de seguridad y vestimenta mínimos, según el tipo de actividad a la cual se les ha otorgado permiso, pudiendo denegarse el acceso al terreno en ese momento, en caso de no contar con dichos elementos.
# Para el tránsito sobre el predio privado administrado por Minera Río Colorado no se exige permiso adicional. Los antecedentes detallados de la ruta serán proporcionadas a quienes reciban el permiso. La caminata a Baños Azules soporta hasta 40 personas al día.
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14. Personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio podrá requerir en terreno exhibir el permiso de acceso, en cualquier punto del predio y no solo en el control de acceso en El Alfalfal. Para ello, se aconseja contar con el permiso impreso para aquellas actividades que se han autorizado por más de 1 día.
# El Ministerio de Bienes Nacionales se reserva el derecho a otorgar autorizaciones y/o a cancelar las ya otorgadas, en virtud de antecedentes que den cuenta de situaciones que a criterio de la Autoridad puedan causar riesgo mayor a la integridad física de los solicitantes y/o en aquellos casos que se consideren fortuitos o de fuerza mayor. Tratándose de situaciones excepcionales en las cuales los encargados de acceso al predio, pudieran no autorizar el ingreso por hechos que no dependan de su voluntad y que se relacionen directamente con las circunstancias antes señaladas, el Ministerio de Bienes Nacionales podrá realizar formalmente la notificación de cancelación mediante correo electrónico al responsable de grupo, en horario hábil, una vez que la Autoridad haya tomado conocimiento de la causa y procedido a la suspensión.  
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15. Siempre deberá realizarse registro de salida del predio fiscal Río Colorado en el control de acceso en El Alfalfal, independiente que el punto de visita se encuentre antes de dicho control.
# El Ministerio de Bienes Nacionales NO otorgará nuevos permisos de acceso a quienes sean sorprendidos, durante o ex-post, realizando actividades fuera de las expresamente autorizadas o transgrediendo alguna de las disposiciones señaladas en el presente protocolo, incluyendo las rutas de tránsito establecidas en predio fiscal y privado. Adicionalmente, el Ministerio de Bienes Nacionales se reserva el derecho a emprender acciones legales contra quienes generen daño ambiental.
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16. Se encuentra prohibido hacer fogatas en punto alguno del predio, ingresar con mascotas, cazar, pescar, o dañar de cualquier forma el patrimonio natural y cultural, así como la infraestructura pública y privada existente.
===Reglas para trekking/senderismo===
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17. No se permite generar ruidos molestos, entre ellos escuchar música a alto volumen.
# Las solicitudes de acceso para las actividades de Senderismo deben realizarse al correo predioriocolorado@mbienes.cl. Estas deben hacerse de lunes a viernes de la semana previa al ingreso, con horario tope el viernes hasta las 12:00 (medio día). Alternativamente, las solicitudes a la Ruta Patrimonial N°4: “Río Olivares-Gran Salto” podrán ser solicitadas al concesionario de dicha ruta patrimonial. El asunto del correo debe ser “Senderismo: solicitud acceso de (poner nombre y apellido de responsable de grupo)”.
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18. No se permite bajar a los cauces de los ríos Colorado y Olivares aguas abajo de las bocatomas existentes (Olivares, Colorado y Parraguirre).
# Para la Ruta Patrimonial N°4 “Río Olivares-Gran Salto” solo se autoriza el camping en las áreas definidas como tal en la Guía Oficial de la ruta disponible en rutas.bienes.cl. En el sendero “Mirador de los Cóndores” no está permitido acampar.  
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Está prohibida la extracción de muestras de origen vegetal, animal, arqueológico, paleontológico y materia inerte en general, salvo expresa autorización para ello como parte de las Actividades Especiales.
# El plazo máximo a autorizar es de 6 días para la Ruta Patrimonial N°4 “Río Olivares-Gran Salto” y de 1 día para el sendero “Mirador de los Cóndores”.  
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20. Está prohibido botar basura o algún tipo de residuo durante la visita, incluido el papel higiénico, los cuales deberán ser trasladados por el visitante fuera del predio. Las heces humanas deben enterrarse y disponerse a más de 20 metros de distancia de cualquier cauce de agua.
# Si bien no es requisito presentar documentación que acredite experiencia en actividades al aire libre, se hace presente la importancia de contar con conocimientos de orientación, campismo, senderismo, así como contar con la vestimenta y equipamiento adecuado para la actividad. Recomendable contar con GPS y radios VHF.
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21. Fuera de las rutas vehiculares establecidas, está prohibido utilizar vehículos motorizados de cualquier tipo y bicicletas.
# No se otorgarán permisos fuera del período entre el 1 de septiembre y el 30 de abril.
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22. Dentro de las rutas vehiculares establecidas, solo se permite transitar con vehículos motorizados, incluyendo motocicletas. Se debe circular con prudencia y no superar los 45 km/h.
# La solicitud al correo electrónico debe ser enviada por el responsable de grupo y debe adjuntar el Formulario Único de Autorización de Ingreso, las Declaraciones Juradas escaneadas de cada uno de los integrantes mayores de edad, las autorizaciones simples a menores de edad en caso que corresponda y la copia de la cédula de identidad o pasaporte vigente de todos los visitantes. 
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23. El Ministerio de Bienes Nacionales se reserva el derecho a establecer el número de cupos para las distintas actividades disponibles en permisos.bienes.cl y reguladas en el presente protocolo.
===Reglas para deportes de montaña===
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24. El Ministerio de Bienes Nacionales se reserva el derecho a no otorgar autorizaciones y/o a cancelar las ya otorgadas, en virtud de antecedentes que den cuenta de situaciones que a criterio del personal dispuesto para su administración, puedan causar riesgo a la integridad física de los solicitantes y/o en aquellos casos que se consideren fortuitos o de fuerza mayor. Se incluye dentro de dichas circunstancias, las medidas establecidas por la autoridad sanitaria, así como las derivadas de situaciones de excepción, mal pronóstico climático, prevención y atención de emergencias y desastres de origen natural o provocados por la acción humana. La notificación de cancelación la realizará el Ministerio de Bienes Nacionales mediante correo electrónico a las personas que hayan obtenido sus permisos de acceso y/o en el propio inmueble, en caso de ser necesario.
# Las solicitudes de acceso para las actividades de Deportes de Montaña deben realizarse al correo predioriocolorado@mbienes.cl con un mínimo de 14 días corridos de anticipación, salvo las de escalada en roca en sector El Alfalfal y la caminata a Baños Azules que contarán con un mínimo de 7 días corridos de anticipación. El asunto del correo debe ser “Montañismo: solicitud acceso de (poner nombre y apellido de responsable de grupo)” para todos los casos, salvo los de escalada en roca en sector El Alfalfal cuyo asunto debe ser “Escalada: solicitud acceso de (poner nombre y apellido de responsable de grupo)” y caminata a Baños Azules cuyo asunto debe ser “Baños Azules: solicitud acceso de (poner nombre y apellido de responsable de grupo)”.
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25. El Ministerio de Bienes Nacionales no otorgará nuevos permisos de acceso a quienes hayan sido sorprendidos, durante o ex-post, realizando actividades fuera de las expresamente autorizadas o transgrediendo alguna de las disposiciones señaladas en el presente protocolo, incluyendo las rutas de tránsito establecidas en predio fiscal. Adicionalmente, el Ministerio de Bienes Nacionales se reserva el derecho a emprender acciones legales contra quienes generen cualquier tipo de daño, en especial aquellos de carácter ambiental o forestal, en el inmueble fiscal.
# Se debe contar con credencial vigente de la Federación de Andinismo de Chile. Alternativamente, es posible presentar credencial, o carta de membresía, emitida hace menos de 1 año por integrante de directiva de club reconocido por la Federación de Andinismo de Chile. Para no residentes en Chile, se debe contar con credencial vigente de federación o club acreditado por la Unión Internacional de Asociaciones de Alpinismo (UIAA).
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26. Para la operación de prestadores de servicios turísticos, éstos serán autorizados por el personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio, según lo señalado en el protocolo especial para este propósito.
# El plazo máximo a autorizar es de 14 días. La escalada en sector de El Alfalfal y la caminata a Baños Azules se autorizarán solo por 1 día.
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# El responsable del grupo deberá presentar un documento que deberá contar con, al menos, la descripción de la actividad, los elementos grupales e individuales que porta cada visitante, itinerario de la actividad, la descripción de la ruta a realizar en formato gpx y/o kml, y plan ante emergencias con contacto de emergencia respectivo.
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# Es obligación que cada grupo porte sistema de comunicación satelital ante emergencias, así como GPS con la ruta a realizar, salvo para el caso de escalada en roca en el sector de El Alfalfal. Actividades que involucren el tránsito sobre predio privado administrado por Minera Río Colorado deberán cargar en el GPS el kml que se les proporcionará para ello.
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# Para el período fuera entre el 1 de septiembre y el 30 de abril, se podrán autorizar excepcionalmente expediciones de ascensos o travesía en montaña.
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# Para los deportes de montaña que tengan por objetivo el ascenso a cumbres, y solo para las personas no residentes en Chile, se debe contar con el permiso otorgado por la Dirección de Fronteras y Límites del Estado (DIFROL).
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# La solicitud al correo electrónico debe ser enviada por el responsable de grupo y debe adjuntar el [[:Archivo:Formulario_unico_autorización_Senderismo_y_Deportes_de_Montaña_Río_Colorado.docx|Formulario Único de Autorización de Ingreso]], las [[:Archivo:Declaración_Jurada_Río_Colorado.pdf|Declaraciones Juradas]] escaneadas de cada uno de los integrantes mayores de edad, el documento descriptivo de la actividad, las autorizaciones simples a menores de edad en caso que corresponda, las fotocopias de las credenciales o carta de membresía en federación o club de montañismo, la autorización de DIFROL en caso de los no residentes en Chile (solo para el ascenso a cumbres) y la copia de la cédula de identidad o pasaporte vigente de todos los visitantes.
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===Actividades especiales===
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===Reglas específicas===
Visitas con fines de estudio y/o científicos, filmaciones y captura de imágenes con fines comerciales o que requieran de montaje y/o despliegue logístico mayor enfrentan reglas especiales. Ver [[:File:RESOLUCION EXENTA 3701 2019 BIENES NACIONALES PROTOCOLO ACCESO RIO COLORADO.pdf|Resolución Exenta 3701 de 2019 del Ministerio de Bienes Nacionales]].
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====Para actividades de Senderismo====
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1. Las solicitudes de acceso para las actividades de Senderismo deben realizarse a través del portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl, encontrándose disponibles solo aquellas rutas de senderismo allí indicados. Estas deben hacerse con un mínimo de 2 días corridos de anticipación, y se otorgarán automáticamente según la cantidad de cupos habilitados por el personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio.
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2. Solo está permitido acampar en las rutas disponibles en el portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl que expresamente posibiliten la permanencia durante más de 1 día. Para la Ruta Patrimonial N°4 “Río Olivares-Gran Salto” las áreas de camping se encuentran definidas en la Guía Oficial de la ruta disponible en rutas.bienes.cl.
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3. Si bien no es requisito presentar documentación que acredite experiencia en actividades al aire libre, se hace presente la importancia de contar con conocimientos de orientación, campismo, senderismo, así como contar con la vestimenta y equipamiento adecuado para la actividad, incluyendo agua y protección contra el sol. Es recomendable contar con GPS y radios VHF.
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4. El otorgamiento del permiso requerirá, por parte del solicitante, la firma de una declaración jurada, donde se declara estar en conocimiento y aceptar las condiciones señaladas en el presente protocolo. La declaración jurada se deberá realizar en línea a través del portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl.
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====Para actividades de Escalada====
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1. Las solicitudes de acceso para las actividades de Escalada deben realizarse a través del portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl, encontrándose disponibles solo aquellos sectores de escalada allí indicados. Estas deben hacerse con un mínimo de 2 días corridos de anticipación, y se otorgarán automáticamente según la cantidad de cupos habilitados por el personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio.
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2. Solo está permitido acampar en aquellos sectores disponibles en el portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl que expresamente posibiliten la permanencia durante más de 1 día.
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3. Es responsabilidad de quien solicita el permiso el contar con los conocimientos y equipamiento adecuado para realizar esta actividad, considerándose como mínimo el arnés personal, casco, calzado de escalada, asegurador/descensor, mosquetones, cuerda dinámica por cordada, juego de cintas express y juego de empotradores pasivos o mecánicos para las rutas no equipadas. Recomendable contar con GPS y radios VHF por grupo.
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4. El otorgamiento del permiso requerirá, por parte del solicitante, la firma de una declaración jurada, donde se declara estar en conocimiento y aceptar las condiciones señaladas en el presente protocolo. La declaración jurada se deberá realizar en línea a través del portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl.
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====Para actividades de Montañismo====
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1. Las solicitudes de acceso para las actividades de Montañismo deben realizarse a través del portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl con un mínimo de 14 días corridos de anticipación. La solicitud la debe realizar solamente el Jefe de Grupo, adjuntando la información tanto grupal como de cada participante.
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2. La entrega del permiso no es automática, ya que requiere de la revisión y validación de los antecedentes por parte del personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio.
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3. Dentro de los antecedentes, se debe presentar un Documento de Expedición que deberá contar con:
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a. Nombre de la Expedición.
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b. Nombre de los participantes.
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c. Descripción de la actividad.
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d. Elementos grupales e individuales que porta cada visitante.
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e. Itinerario de la actividad.
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f. Descripción de la ruta a realizar.
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g. Plan ante emergencias con contacto de emergencia respectivo.
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4. Adicionalmente, se debe adjuntar la ruta a realizar en formato kmz o kml.
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5. Se debe adjuntar la información de cada integrante del grupo, donde se requerirá:
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a. CV deportivo individual.
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b. Copia del documento de identidad por ambos lados.
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c. Declaración jurada individual firmada (salvo menores de edad), donde se señala estar en conocimiento y aceptar las condiciones señaladas en el presente protocolo. La declaración jurada individual estará disponible en el portal para ser descargada y firmada por cada integrante, a excepción del Jefe de Grupo, quien deberá realizar la declaración jurada en línea.
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d. Autorización simple firmada por el responsable legal en el caso de menores de edad.
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e. Permiso otorgado por la DIFROL para las actividades de Montañismo consistentes en el ascenso a cumbres, y solo para las personas no residentes en Chile.
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6. De haber observaciones al Documento de Expedición, a los antecedentes de algún integrante o al archivo de ruta a realizar, el personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio tomará contacto con el Jefe de Grupo, quien podrá subsanar dichas observaciones.
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7. Es obligación que cada grupo porte sistema de comunicación satelital ante emergencias, así como GPS con la ruta a realizar.
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====Para Actividades Especiales====
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1. Las actividades Especiales deben solicitarse al correo predioriocolorado@mbienes.cl con un mínimo de 20 días hábiles de anticipación.
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2. Se deberá obtener un Permiso Especial de Acceso por parte de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana. La documentación que acredite a la persona natural o jurídica, según sea el caso, con giro en alguna de las Actividades Especiales, será requerido por la SEREMI de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana para otorgar el permiso respectivo.
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3. El plazo máximo a autorizar se evaluará caso a caso, en función de los antecedentes.
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4. El responsable del grupo deberá presentar un documento que cuente con, al menos: la descripción de las actividades, fechas y plazos previstos, identificación de los participantes (incluyendo nombre, número de identificación y nacionalidad), los elementos grupales e individuales que porta cada visitante, itinerario de la actividad, la descripción de la ruta a realizar en formato kmz o kml, y plan ante emergencias con contacto de emergencia respectivo.
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5. El material que sea resultado de la actividad realizada deberá ser compartido a la SEREMI de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana, según condiciones definidas en el Permiso Especial de Acceso.
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6. El otorgamiento del Permiso Especial de Acceso no exime la obtención de los permisos ambientales y/o sectoriales que sean atingentes con otros organismos del Estado de Chile.

Revisión del 10:08 13 dic 2021

Permiso para acceder al Predio Fiscal Río Colorado

Se lista el protocolo dictaminado por la Resolución Exenta 1496 de 2021 del Ministerio de Bienes Nacionales

Reglas generales

La solicitud de los permisos de Senderismo, Escalada y Montañismo debe realizarse en el portal de permisos de acceso en el portal de solicitud de permisos del Ministerio de Bienes Nacionales. La solicitud es individual en el caso de Senderismo y Escalada, y grupal en el caso de Montañismo. 2. Las solicitudes para la realización de Actividades Especiales deben solicitarse al correo predioriocolorado@mbienes.cl. 3. Es posible solicitar 1 permiso por persona entre las actividades de Senderismo, Escalada y Montañismo. Solo será posible solicitar un nuevo permiso, para cualquiera de las actividades señaladas, una vez transcurrida la fecha de salida del permiso previamente otorgado. 4. El otorgamiento de los permisos disponibles en el portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl está delegado en el personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio. 5. Los permisos solicitados al correo predioriocolorado@mbienes.cl serán otorgados mediante resolución exenta emitida por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana. Los visitantes deben ser conscientes de los riesgos objetivos y subjetivos propios de las actividades al aire libre en territorio de montaña, de la importancia de contar con la salud física y mental compatible con la actividad a realizar, así como con la experiencia, conocimiento y equipamiento necesarios para llevarla a cabo en forma responsable y segura. 7. Cualquier accidente y/o imprevisto que afecte a los autorizados es de su exclusiva responsabilidad, por lo que deberán mantener durante toda la visita una actitud de auto cuidado y respeto por el medio ambiente. El Ministerio de Bienes Nacionales se exime de toda responsabilidad en relación a la seguridad de las personas que reciban autorización de ingreso al predio, eventuales rescates ante emergencias, así como secuelas y consecuencias relacionados con accidentes e incidentes. 8. La solicitud de ingreso para menores de 18 años, para el caso de Senderismo y Escalada, deberá ser realizada por el responsable legal a través del portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl. En el caso de Montañismo, es necesario adjuntar en dicho portal una autorización simple firmada por el responsable legal del menor de edad. 9. Sólo se permitirá el ingreso de menores de edad con el permiso de acceso otorgado y acompañados de un adulto. 10. Es responsabilidad de los solicitantes informarse previamente de las condiciones meteorológicas para el o los días autorizados, consultando la página de Internet www.meteochile.cl. 11. Todo ingreso al predio fiscal Río Colorado deberá realizarse en el control de acceso ubicado en El Alfalfal, independiente que el punto de visita se encuentre antes de dicho control. 12. Las cédulas de identidad o pasaportes vigentes de los visitantes deberán ser exhibidas en el control de acceso de El Alfalfal junto al permiso de acceso otorgado por el Ministerio de Bienes Nacionales, o la respectiva resolución exenta en su caso. 13. Personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio podrá requerir a los visitantes exhibir elementos de seguridad y vestimenta mínimos, según el tipo de actividad a la cual se les ha otorgado permiso, pudiendo denegarse el acceso al terreno en ese momento, en caso de no contar con dichos elementos. 14. Personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio podrá requerir en terreno exhibir el permiso de acceso, en cualquier punto del predio y no solo en el control de acceso en El Alfalfal. Para ello, se aconseja contar con el permiso impreso para aquellas actividades que se han autorizado por más de 1 día. 15. Siempre deberá realizarse registro de salida del predio fiscal Río Colorado en el control de acceso en El Alfalfal, independiente que el punto de visita se encuentre antes de dicho control. 16. Se encuentra prohibido hacer fogatas en punto alguno del predio, ingresar con mascotas, cazar, pescar, o dañar de cualquier forma el patrimonio natural y cultural, así como la infraestructura pública y privada existente. 17. No se permite generar ruidos molestos, entre ellos escuchar música a alto volumen. 18. No se permite bajar a los cauces de los ríos Colorado y Olivares aguas abajo de las bocatomas existentes (Olivares, Colorado y Parraguirre). Está prohibida la extracción de muestras de origen vegetal, animal, arqueológico, paleontológico y materia inerte en general, salvo expresa autorización para ello como parte de las Actividades Especiales. 20. Está prohibido botar basura o algún tipo de residuo durante la visita, incluido el papel higiénico, los cuales deberán ser trasladados por el visitante fuera del predio. Las heces humanas deben enterrarse y disponerse a más de 20 metros de distancia de cualquier cauce de agua. 21. Fuera de las rutas vehiculares establecidas, está prohibido utilizar vehículos motorizados de cualquier tipo y bicicletas. 22. Dentro de las rutas vehiculares establecidas, solo se permite transitar con vehículos motorizados, incluyendo motocicletas. Se debe circular con prudencia y no superar los 45 km/h. 23. El Ministerio de Bienes Nacionales se reserva el derecho a establecer el número de cupos para las distintas actividades disponibles en permisos.bienes.cl y reguladas en el presente protocolo. 24. El Ministerio de Bienes Nacionales se reserva el derecho a no otorgar autorizaciones y/o a cancelar las ya otorgadas, en virtud de antecedentes que den cuenta de situaciones que a criterio del personal dispuesto para su administración, puedan causar riesgo a la integridad física de los solicitantes y/o en aquellos casos que se consideren fortuitos o de fuerza mayor. Se incluye dentro de dichas circunstancias, las medidas establecidas por la autoridad sanitaria, así como las derivadas de situaciones de excepción, mal pronóstico climático, prevención y atención de emergencias y desastres de origen natural o provocados por la acción humana. La notificación de cancelación la realizará el Ministerio de Bienes Nacionales mediante correo electrónico a las personas que hayan obtenido sus permisos de acceso y/o en el propio inmueble, en caso de ser necesario. 25. El Ministerio de Bienes Nacionales no otorgará nuevos permisos de acceso a quienes hayan sido sorprendidos, durante o ex-post, realizando actividades fuera de las expresamente autorizadas o transgrediendo alguna de las disposiciones señaladas en el presente protocolo, incluyendo las rutas de tránsito establecidas en predio fiscal. Adicionalmente, el Ministerio de Bienes Nacionales se reserva el derecho a emprender acciones legales contra quienes generen cualquier tipo de daño, en especial aquellos de carácter ambiental o forestal, en el inmueble fiscal. 26. Para la operación de prestadores de servicios turísticos, éstos serán autorizados por el personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio, según lo señalado en el protocolo especial para este propósito.

Reglas específicas

Para actividades de Senderismo

1. Las solicitudes de acceso para las actividades de Senderismo deben realizarse a través del portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl, encontrándose disponibles solo aquellas rutas de senderismo allí indicados. Estas deben hacerse con un mínimo de 2 días corridos de anticipación, y se otorgarán automáticamente según la cantidad de cupos habilitados por el personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio. 2. Solo está permitido acampar en las rutas disponibles en el portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl que expresamente posibiliten la permanencia durante más de 1 día. Para la Ruta Patrimonial N°4 “Río Olivares-Gran Salto” las áreas de camping se encuentran definidas en la Guía Oficial de la ruta disponible en rutas.bienes.cl. 3. Si bien no es requisito presentar documentación que acredite experiencia en actividades al aire libre, se hace presente la importancia de contar con conocimientos de orientación, campismo, senderismo, así como contar con la vestimenta y equipamiento adecuado para la actividad, incluyendo agua y protección contra el sol. Es recomendable contar con GPS y radios VHF. 4. El otorgamiento del permiso requerirá, por parte del solicitante, la firma de una declaración jurada, donde se declara estar en conocimiento y aceptar las condiciones señaladas en el presente protocolo. La declaración jurada se deberá realizar en línea a través del portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl.

Para actividades de Escalada

1. Las solicitudes de acceso para las actividades de Escalada deben realizarse a través del portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl, encontrándose disponibles solo aquellos sectores de escalada allí indicados. Estas deben hacerse con un mínimo de 2 días corridos de anticipación, y se otorgarán automáticamente según la cantidad de cupos habilitados por el personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio. 2. Solo está permitido acampar en aquellos sectores disponibles en el portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl que expresamente posibiliten la permanencia durante más de 1 día. 3. Es responsabilidad de quien solicita el permiso el contar con los conocimientos y equipamiento adecuado para realizar esta actividad, considerándose como mínimo el arnés personal, casco, calzado de escalada, asegurador/descensor, mosquetones, cuerda dinámica por cordada, juego de cintas express y juego de empotradores pasivos o mecánicos para las rutas no equipadas. Recomendable contar con GPS y radios VHF por grupo. 4. El otorgamiento del permiso requerirá, por parte del solicitante, la firma de una declaración jurada, donde se declara estar en conocimiento y aceptar las condiciones señaladas en el presente protocolo. La declaración jurada se deberá realizar en línea a través del portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl.

Para actividades de Montañismo

1. Las solicitudes de acceso para las actividades de Montañismo deben realizarse a través del portal de permisos de acceso en permisos.bienes.cl con un mínimo de 14 días corridos de anticipación. La solicitud la debe realizar solamente el Jefe de Grupo, adjuntando la información tanto grupal como de cada participante. 2. La entrega del permiso no es automática, ya que requiere de la revisión y validación de los antecedentes por parte del personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio. 3. Dentro de los antecedentes, se debe presentar un Documento de Expedición que deberá contar con: a. Nombre de la Expedición. b. Nombre de los participantes. c. Descripción de la actividad. d. Elementos grupales e individuales que porta cada visitante. e. Itinerario de la actividad. f. Descripción de la ruta a realizar. g. Plan ante emergencias con contacto de emergencia respectivo. 4. Adicionalmente, se debe adjuntar la ruta a realizar en formato kmz o kml. 5. Se debe adjuntar la información de cada integrante del grupo, donde se requerirá: a. CV deportivo individual. b. Copia del documento de identidad por ambos lados. c. Declaración jurada individual firmada (salvo menores de edad), donde se señala estar en conocimiento y aceptar las condiciones señaladas en el presente protocolo. La declaración jurada individual estará disponible en el portal para ser descargada y firmada por cada integrante, a excepción del Jefe de Grupo, quien deberá realizar la declaración jurada en línea. d. Autorización simple firmada por el responsable legal en el caso de menores de edad. e. Permiso otorgado por la DIFROL para las actividades de Montañismo consistentes en el ascenso a cumbres, y solo para las personas no residentes en Chile. 6. De haber observaciones al Documento de Expedición, a los antecedentes de algún integrante o al archivo de ruta a realizar, el personal dispuesto por el Ministerio de Bienes Nacionales para la administración del predio tomará contacto con el Jefe de Grupo, quien podrá subsanar dichas observaciones. 7. Es obligación que cada grupo porte sistema de comunicación satelital ante emergencias, así como GPS con la ruta a realizar.

Para Actividades Especiales

1. Las actividades Especiales deben solicitarse al correo predioriocolorado@mbienes.cl con un mínimo de 20 días hábiles de anticipación. 2. Se deberá obtener un Permiso Especial de Acceso por parte de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana. La documentación que acredite a la persona natural o jurídica, según sea el caso, con giro en alguna de las Actividades Especiales, será requerido por la SEREMI de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana para otorgar el permiso respectivo. 3. El plazo máximo a autorizar se evaluará caso a caso, en función de los antecedentes. 4. El responsable del grupo deberá presentar un documento que cuente con, al menos: la descripción de las actividades, fechas y plazos previstos, identificación de los participantes (incluyendo nombre, número de identificación y nacionalidad), los elementos grupales e individuales que porta cada visitante, itinerario de la actividad, la descripción de la ruta a realizar en formato kmz o kml, y plan ante emergencias con contacto de emergencia respectivo. 5. El material que sea resultado de la actividad realizada deberá ser compartido a la SEREMI de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana, según condiciones definidas en el Permiso Especial de Acceso. 6. El otorgamiento del Permiso Especial de Acceso no exime la obtención de los permisos ambientales y/o sectoriales que sean atingentes con otros organismos del Estado de Chile.